Divorcios

Pensión compensatoria: quién tiene derecho y cuánto dura

Actualizada el 7 de noviembre de 2026

La pensión compensatoria es una cantidad que un cónyuge paga al otro cuando el divorcio provoca un desequilibrio económico respecto a la situación que tenía durante el matrimonio. No es automática ni depende de quién tuvo la culpa.

Esta guía ofrece información general sobre la legislación española y no sustituye el asesoramiento de un abogado. Cada caso es distinto y algunas comunidades autónomas tienen normas propias.

Cuándo procede

Tiene derecho a ella el cónyuge que, tras la ruptura, queda en peor situación económica por el divorcio, por ejemplo porque dejó de trabajar o redujo su carrera profesional para dedicarse a la familia. Hay que solicitarla: si no se pide, no se concede.

Qué se tiene en cuenta

  • Los acuerdos a los que hayan llegado los cónyuges.
  • La edad y el estado de salud.
  • La cualificación profesional y las posibilidades de acceso a un empleo.
  • La dedicación pasada y futura a la familia.
  • La colaboración en las actividades del otro cónyuge.
  • La duración del matrimonio y de la convivencia.
  • El patrimonio y las necesidades de cada uno.

Forma y duración

Puede fijarse como una pensión temporal (lo más habitual, para dar tiempo a la reincorporación laboral), por tiempo indefinido o en un pago único, por ejemplo mediante la entrega de un bien.

Cuándo se extingue

Se extingue cuando desaparece la causa que la motivó, cuando quien la recibe contrae nuevo matrimonio o cuando convive maritalmente con otra persona.

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