Pensión compensatoria: quién tiene derecho y cuánto dura
Actualizada el 7 de noviembre de 2026
La pensión compensatoria es una cantidad que un cónyuge paga al otro cuando el divorcio provoca un desequilibrio económico respecto a la situación que tenía durante el matrimonio. No es automática ni depende de quién tuvo la culpa.
Esta guía ofrece información general sobre la legislación española y no sustituye el asesoramiento de un abogado. Cada caso es distinto y algunas comunidades autónomas tienen normas propias.
Cuándo procede
Tiene derecho a ella el cónyuge que, tras la ruptura, queda en peor situación económica por el divorcio, por ejemplo porque dejó de trabajar o redujo su carrera profesional para dedicarse a la familia. Hay que solicitarla: si no se pide, no se concede.
Qué se tiene en cuenta
- Los acuerdos a los que hayan llegado los cónyuges.
- La edad y el estado de salud.
- La cualificación profesional y las posibilidades de acceso a un empleo.
- La dedicación pasada y futura a la familia.
- La colaboración en las actividades del otro cónyuge.
- La duración del matrimonio y de la convivencia.
- El patrimonio y las necesidades de cada uno.
Forma y duración
Puede fijarse como una pensión temporal (lo más habitual, para dar tiempo a la reincorporación laboral), por tiempo indefinido o en un pago único, por ejemplo mediante la entrega de un bien.
Cuándo se extingue
Se extingue cuando desaparece la causa que la motivó, cuando quien la recibe contrae nuevo matrimonio o cuando convive maritalmente con otra persona.