Divorcios

Convenio regulador: qué es y qué debe incluir

Actualizada el 7 de noviembre de 2026

El convenio regulador es el documento en el que los cónyuges plasman todos los acuerdos sobre las consecuencias del divorcio o la separación. Es imprescindible en cualquier divorcio de mutuo acuerdo.

Esta guía ofrece información general sobre la legislación española y no sustituye el asesoramiento de un abogado. Cada caso es distinto y algunas comunidades autónomas tienen normas propias.

Contenido mínimo

Según el Código Civil, el convenio debe recoger, cuando proceda:

  • El cuidado de los hijos: la custodia y el régimen de comunicación y estancia con el progenitor con el que no convivan.
  • Si se considera necesario, el régimen de visitas con los abuelos.
  • La atribución del uso de la vivienda y del ajuar familiar.
  • La contribución a las cargas del matrimonio y los alimentos (pensión alimenticia), con sus bases de actualización y garantías.
  • La liquidación del régimen económico del matrimonio (por ejemplo, la sociedad de gananciales), si procede.
  • La pensión compensatoria, si alguno de los cónyuges tiene derecho a ella.
  • El destino de los animales de compañía.

Quién lo aprueba

En el divorcio judicial, el juez aprueba el convenio salvo que sea perjudicial para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges. Si hay hijos menores, el Ministerio Fiscal también lo revisa. En el divorcio notarial, el notario puede negarse a autorizarlo en esos mismos casos.

¿Se puede cambiar después?

Sí. Las medidas pueden modificarse por un nuevo acuerdo o, si no lo hay, mediante un procedimiento de modificación de medidas, cuando cambian de forma sustancial las circunstancias (por ejemplo, una pérdida importante de ingresos o un cambio en las necesidades de los hijos).

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